domingo 3 mayo 2026

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Un 63% de las empresas cargadoras incumple los plazos de pago

Morosidad descontrolada

La legislación vigente en materia de morosidad establece un plazo máximo de 30 días desde la prestación del servicio, ampliable a 60 si está pactado por las partes. Este no se ha venido cumpliendo en el caso del transporte por carretera, lo que provocó un endurecimiento del régimen de incumplimiento el pasado mes de octubre.

Observatorio de morosidad


El Observatorio de la morosidad es un organismo permanente bajo el control de Fenadismer, que recoge mensualmente los datos relacionados con los pagos en el sector del transporte por carretera en España.

Sin embargo, según demuestran los datos facilitados por el observatorio de Fenadismer, pese a que la tendencia en los impagos parecía revertirse en enero, los datos de febrero demuestran que el incumplimiento de los plazos continúa en un 63% de las empresas cargadoras e intermediarias. Entre ellas, un 34% tardó más de 90 días en pagar y el 21% más de 120, es decir, seis meses de retraso.

Ante la gravedad de los hechos, Fenadismer sigue insistiendo en la necesidad de contar con servicios de inspección. Y que tanto el Ministerio como las Comunidades Autónomas promuevan de oficio un Plan especial de lucha contra la morosidad en el sector del transporte en base al nuevo régimen sancionador aprobado en Octubre.

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