La sentencia sobre el tributo declarado ilegal por la Justicia europea podría suponer más de 5.000 millones de euros para las compañías, pese a haber repercutido el coste a transportistas y particulares
Un fallo que cambia el reparto de las devoluciones
El Tribunal Supremo ha dictado la primera sentencia en la que establece que las petroleras son las únicas legitimadas para reclamar la devolución del tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos, vigente entre 2013 y 2018 y declarado ilegal por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en mayo de 2024. De este modo, el Alto Tribunal niega la posibilidad de que los consumidores finales —tanto particulares como profesionales— puedan reclamar al Estado las cantidades abonadas, a diferencia de lo ocurrido con el denominado “céntimo sanitario”.
La resolución, fechada el pasado 21 de enero y hecha pública recientemente, ha generado sorpresa en distintos ámbitos jurídicos y empresariales, al considerar que correspondía a la Administración acreditar que las petroleras trasladaron el impuesto a los consumidores. Según recoge el fallo, no se debatió ni probó que existiera dicha repercusión económica, cuya carga correspondía al Ministerio de Hacienda.
Con esta sentencia, el debate jurídico queda encauzado hacia un escenario en el que la devolución millonaria recaerá previsiblemente en las petroleras, mientras los consumidores quedarán excluidos del resarcimiento
El tramo autonómico del impuesto de hidrocarburos fue aprobado para sustituir al impuesto sobre las ventas minoristas de determinados hidrocarburos —conocido como “céntimo sanitario”—, que estuvo vigente entre 2002 y 2012 y que también fue declarado ilegal por la Justicia europea. Sin embargo, a diferencia de aquel caso, en el que los consumidores pudieron reclamar directamente la devolución, en esta ocasión el Supremo concluye que el derecho a recuperar lo recaudado corresponde exclusivamente a las petroleras, por ser las obligadas tributarias del impuesto.
Más de 5.000 millones en juego
Esta interpretación abre la puerta a que las compañías puedan recibir más de 5.000 millones de euros, pese a que el coste del tributo fue soportado en la práctica por transportistas, empresas y consumidores particulares al repercutirse en el precio final de los carburantes. Diversas organizaciones del sector advierten de que la decisión puede derivar en un enriquecimiento injusto, ya que quienes asumieron efectivamente el impuesto no recuperarán previsiblemente cantidad alguna.
El fallo recrimina además la pasividad del Ministerio de Hacienda al no acreditar la repercusión del impuesto, circunstancia que ha resultado determinante en la resolución. Con esta sentencia, el debate jurídico queda encauzado hacia un escenario en el que la devolución millonaria recaerá previsiblemente en las petroleras, mientras los consumidores quedarán excluidos del resarcimiento.




