Contra esta sentencia, cabe Recurso de Casación en ante el Tribunal Supremo, en el plazo de 30 días
Contra esta sentencia, cabe Recurso de Casación en ante el Tribunal Supremo en el plazo de 30 días.
La CETM ha declarado que celebra la publicación de esta sentencia, que pone de manifiesto, como siempre han denunciado, la tremenda injusticia que se cometía al someter solo a una parte del transporte de mercancías por carretera (la procedente de fuera de Guipúzcoa) a estos peajes.
En opinión de la CETM, el deseo de mantener estos peajes responde a un injustificable e inaceptable afán recaudatorio de la Diputación, que terminará por chocar con los intereses de todos los Guipuzcoanos si, tal y como la sentencia del Tsjpv hace suponer otra vez, los peajes son finalmente declarados ilegales por el Tribunal Supremo y, al igual que ocurrió con el ‘céntimo sanitario’, se deba proceder a la devolución total de los mismos más los intereses correspondientes, con el consiguiente menoscabo para las arcas públicas.
En este sentido, la CETM ha querido recomendar a todas las empresas de transporte que conserven los justificantes de pago de todos los peajes abonados en estos tramos de la A-15 y N-I, de cara a una más que probable futura reclamación.