Muchos conductores se encontraron inmovilizados lejos de sus lazos familiares y profesionales y con dificultades para dar un cumplimiento efectivo a los tiempos de conducción y descanso
Teniendo en cuenta los distintos acontecimientos que se han producido este mes de noviembre en el territorio de la Comunidad Autónoma de Cataluña y en el País Vasco, que han afectado seriamente al tráfico y a la libre circulación en algunas infraestructuras viarias, así como que estas alteraciones del tráfico afectan al suministro nacional y a la actividad económica y que debido a ellas muchos conductores se encontraron inmovilizados lejos de sus lazos familiares y profesionales y con dificultades para dar un cumplimiento efectivo a los tiempos de conducción y descanso, el Ministerio de Fomento ha decidido exceptuar temporalmente a las operaciones de transporte de mercancías y viajeros afectadas por estas circunstancias del cumplimiento de estas normas establecidas en el Reglamento CE 561/2006.
Excepciones
En esta ocasión,
las excepciones previstas en esta Resolución son de aplicación a las operaciones de transporte que hayan transcurrido total o parcialmente por los ámbitos territoriales, y dentro de sus alcances temporales asociados, que se especifican a continuación: Operaciones que hayan transcurrido total o parcialmente en las provincias de Barcelona y Girona los días 11, 12 y 13 de noviembre de 2019; y operaciones que hayan transcurrido total o parcialmente en los tramos de la provincia de Guipúzcoa de las vías AP-8, N-121 y Gi-636 con sentido Francia el día 12 de noviembre de 2019 entre 18 horas y 23 horas, ambas inclusive.