Alemania, Austria, Francia e Italia obligan a cumplir con cargas administrativas por el desplazamiento de conductores profesionales
En nuestro continente existen múltiples medidas de carácter medioambiental, fiscal, normativo o circulatorio que afectan y, en ocasiones, dificultan la operación de servicios internacionales de transporte en autobús. Sin embargo, no existen marcos regulatorios homogéneos que coordinen la introducción de este tipo de medidas, por lo que varían entre países, regiones e incluso ciudades.
Por ello, la confederación del autobús pone a disposición de las empresas españolas la información necesaria para prever y superar de manera satisfactoria los posibles obstáculos que se les pueden presentar en sus trayectos más allá de nuestras fronteras.
Algunos países europeos, por ejemplo, exigen que se tribute el porcentaje de IVA correspondiente a la realización de servicios internacionales por sus territorios. Del mismo modo, los límites de velocidad estipulados para autobuses y autocares dependen de cada país. Además, algunos países como Alemania, Austria, Francia e Italia imponen cargas administrativas por el desplazamiento de conductores profesionales.
Con esta guía, Confebus recopila la información disponible sobre 29 países europeos para que los operadores puedan utilizarla a la hora de preparar sus rutas internacionales.