Entienden que “esta norma se valora como una trasposición incompleta de la Directiva 2014/47/UE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de Enero, habiéndose omitido apartados fundamentales de la misma en lo que respecta a la sujeción de la carga. Con ello se desnaturaliza su regulación, que es de carácter mayormente facultativo, no vinculante y, sin embargo, el Real Decreto presenta una apariencia de obligatoriedad de normas que no responde ni al texto, ni al espíritu de la Directiva”.
Las complicaciones en su transposición están generando 'una enorme inseguridad'
Desconcierto
Tanto el Comité Nacional como Asfares opinan que “para mayor desconcierto, se han dejado de lado varios criterios expuestos en la Guía europea de mejores prácticas, publicada a la sazón por la Comisión Europea para la difusión de la Directiva, apareciendo en su lugar todo tipo de guiones de origen desconocido con interpretaciones extrañas de la Directiva, con los que incluso se ha pretendido formar a los agentes que deben velar por el cumplimiento de la norma”.
Como consecuencia de lo anterior, se genera “una enorme inseguridad en todos los sectores afectados por este Real Decreto, que alcanza a cuestiones íntimamente relacionadas con los vehículos, afectando a las responsabilidades civiles, administrativas e, incluso, penales, en abierta contradicción con leyes en vigor, tal como se recoge en la Ley de Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías”.
Por todo ello, Asfares y el Comité estiman “necesario suplir las deficiencias de la trasposición, tomando como referencia imprescindible la Guía europea de mejores prácticas, pues para ello fue publicada”.