“Fenadismer es la única organización sectorial personada ante la Comisión ante los gravísimos perjuicios ocasionados al sector del transporte por carretera”, señalan desde la Federación Nacional de Asociaciones de Transporte de España. El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia ha notificado a las partes personadas en el expediente abierto contra las compañías petrolíferas en el año 2013, entre ellas Fenadismer como única organización en representación del sector del transporte por carretera, la resolución dictada el pasado 19 de febrero por la que se sanciona a las petroleras.
La sanción ha sido una multa de 20 millones de euros a Repsol, 10 millones de euros a Cepsa, 1’3 millones de euros a DISA y otras sanciones de menor cuantía a otras petroleras, por quedar probada la existencia de prácticas restrictivas a la competencia en sus relaciones comerciales, en concreto por prácticas prohibidas de coordinación en materia de precios, intercambio de información y pactos de no agresión.
‘Sanciones no ejemplarizantes’
“Como se recordará, Fenadismer como organización representativa del transporte por carretera en España se encontraba personada en dicho procedimiento por los gravísimos perjuicios que dicha actuación está ocasionando a las 140.000 empresas de transporte de mercancías y viajeros que operan en España”, han explicado desde la federación. Sin embargo, Fenadismer considera que las sanciones impuestas a dichas petroleras por parte de la Comisión Nacional de la Competencia son insuficientes y no ejemplarizantes para disuadirlas a continuar en dichas prácticas, “ya que si bien la vigente Ley de Defensa de la Competencia permite imponer sanciones de hasta el 10 % de volumen de negocios de la empresa infractora por las conductas llevadas a cabo por las petroleras, las multas impuestas son irrelevantes para las citadas empresas”.
Asimismo, Fenadismer va a solicitar formalmente a la Comisión Nacional de la Competencia información sobre la forma en que, en su caso, los usuarios perjudicados (especialmente las empresas de transporte) pueden exigir las indemnizaciones por los daños y perjuicios causados por las conductas ilícitas llevadas a cabo por las petroleras en los últimos años.