www.nexotrans.com
Objetivos ambiciosos de reducción de emisiones para autobuses y autocares

Objetivos ambiciosos de reducción de emisiones para autobuses y autocares

lunes 24 de junio de 2024, 07:00h
El Reglamento (UE) 2024/1610 fortalece normas sobre emisiones de CO2 en vehículos pesados nuevos, incluyendo autobuses y autocares. Se establecen objetivos de reducción progresiva hasta el 2040. Se promueve la adopción de autobuses urbanos de cero emisiones y se requiere evaluación económica en contratos públicos. La Comisión Europea revisará su eficacia antes del 2027. Entrará en vigor el 1 de julio de 2024.

El Reglamento (UE) 2024/1610 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 14 de mayo de 2024, publicado en el DOUE el pasado jueves, 6 de junio, introduce modificaciones al Reglamento (UE) 2019/1242 para fortalecer las normas de comportamiento sobre emisiones de CO2 en vehículos pesados nuevos y establecer obligaciones de comunicación. Además, se realiza una modificación en el Reglamento (UE) 2018/858 y se elimina el Reglamento (UE) 2018/956.

La Comisión Europea estará obligada a revisar la eficacia y los efectos de este Reglamento

Se está modificando el Reglamento de emisiones de CO2 de vehículos pesados para ampliar su alcance e incluir una mayor variedad de vehículos, como autobuses y autocares (M2 y M3), que antes no estaban contemplados. Los fabricantes ahora tienen la obligación de alcanzar objetivos específicos de reducción en las emisiones promedio de CO2 de los vehículos pesados nuevos en la UE, en comparación con las emisiones promedio del año 2019 según el Reglamento (UE) 2019/1242.

  1. A partir de 2030 y hasta 2034, se establece un objetivo de reducción del 43% de emisiones de CO2 para vehículos como los autobuses y autocares.
  2. A partir de 2035 y hasta 2039, se establece como objetivo la reducción del 65% de emisiones de CO2 para vehículos como los autobuses y autocares.
  3. A partir de 2040, se establece el objetivo de reducir las emisiones de CO2 en un 90% para vehículos como los autobuses y autocares.
  4. Se busca que a partir del año 2030, el 90 % de los autobuses urbanos matriculados sean de cero emisiones y el 100 % a partir del año 2035

Mejor calidad-precio

Para la adjudicación de contratos públicos de servicios cuyo objetivo principal sea el uso de autobuses urbanos, se requiere que los poderes adjudicadores y las entidades adjudicadoras apliquen el criterio de la oferta económicamente más ventajosa. Esta evaluación considerará la mejor relación entre la calidad y el precio, según lo establecido.

La Comisión Europea estará obligada a revisar la eficacia y los efectos de este Reglamento antes del 31 de diciembre de 2027. Se deberá prestar especial atención al objetivo de lograr la neutralidad climática para el año 2050. Posteriormente, se presentará un informe detallado con los resultados obtenidos en dicha revisión. A partir del 1 de julio de 2024, este Reglamento será aplicable, entrando en vigor a los 20 días de su publicación en el BOE.