El pasado miércoles, 7 de mayo, se publicó en el DOUE el Reglamento (UE) 2024/1257 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de abril de 2024, que trata sobre la homologación de tipo de los vehículos de motor y los motores y de los sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a esos vehículos en lo que respecta a sus emisiones y a la durabilidad de las baterías (Euro 7). Este reglamento modifica el Reglamento (UE) 2018/858 del Parlamento Europeo y del Consejo y deroga los Reglamentos (CE) n° 715/2007 y (CE) n° 595/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, el Reglamento (UE) n° 582/2011 de la Comisión, el Reglamento (UE) 2017/1151 de la Comisión, el Reglamento (UE) 2017/2400 de la Comisión y el Reglamento de Ejecución (UE) 2022/1362 de la Comisión. El Consejo adoptó este reglamento finalmente.
Con el objetivo de disminuir las emisiones de contaminantes atmosféricos provenientes del transporte por carretera, se ha implementado una nueva norma denominada Reglamento Euro 7. Esta normativa busca establecer estándares más apropiados en cuanto a las emisiones de los vehículos y la durabilidad de las baterías.
Se establecen nuevas regulaciones en el Reglamento que afectan a los autobuses y camiones, reduciendo los límites de emisiones Euro 6. Estas regulaciones también incluyen contaminantes que previamente no estaban regulados en la norma Euro 6, como el óxido nitroso. Además, se introducen normas para las emisiones de gases de escape de los vehículos de carretera, así como límites para las partículas emitidas por los frenos, especialmente en los vehículos eléctricos. También se establecen requisitos de durabilidad para las baterías, vida útil del vehículo y kilometraje. Por último, se determinan medidas para controlar las emisiones provenientes de la abrasión de los neumáticos.
A los veinte días de su publicación en el DOUE, entró en vigor el Reglamento, el cual establece diferentes fechas de aplicación según el tipo de vehículo.