SE AMPLÍA A TODOS LOS SECTORES
03/05/2019@06:00:00
Mediante Real Decreto-Ley 8/2019, publicado en el BOE el martes 12 de Marzo, el Gobierno introdujo una modificación en el Estatuto de los Trabajadores, en lo relativo a la jornada de Trabajo, estableciendo la obligación para el empresario de realizar el registro diario de la jornada de sus trabajadores asalariados, incluyendo el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo, así como la obligación de conservar dicho registro durante un plazo de 4 años. El principal objetivo que persigue el Gobierno con esta norma es poner fin a las horas extras que realizan algunos trabajadores sin ser cobradas.