El objeto de esta resolución es garantizarle a la ciudadanía el acceso a los principales servicios básicos y a los centros de trabajo, una vez superadas las restricciones de movilidad derivadas de la covid-19. En el siguiente enlace al DOG puede consultarse toda la información: https://xurl.es/zjsr2
Así, la Consellería de Infraestructuras y Movilidad impulsa la recuperación de los servicios públicos de transporte de viajeros de titularidad autonómica, de manera que consigan su normalidad plena los servicios intraprovinciales y los interprovinciales den el paso a un nivel de prestación equivalente a lo que actualmente ya estaban prestando los primeros.
El volumen de los servicios de autobús que desarrollen su actividad dentro de una misma provincia deberán prestarse según las condiciones de las concesiones y contratos vigentes, recuperando así el 100% de la oferta.
En cuanto a los servicios públicos de transporte de viajeros de uso general que tengan tráfico interprovincial, las concesionarias deberán adaptar también su oferta para la prestación de un mínimo del 80% de los servicios que deberían prestar en condiciones de normalidad. El objetivo es garantizar a la ciudadanía el acceso a los principales servicios básicos y centros de trabajo.
La Consellería de Infraestructuras y Movilidad, a través de la Dirección General de Movilidad desarrolla así las medidas aprobadas en la orden aprobada el pasado día 6 de mayo para los servicios de transporte público de viajeros de titularidad autonómica, con el objetivo de realizar una transición progresiva al levantamiento de las restricciones por culpa de la Covid-19.
Ocupación de los taxis
En cuanto a los servicios de taxis, el pasado sábado se publicó una orden de la Consellería de Sanidad por la que, entre otras cuestiones, se flexibiliza la ocupación de los transportes públicos de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor.
Según se establece en esta orden, se permite la ocupación de todas las plazas de taxi y vehículo de turismo con conductor, incluido el asiento contiguo al conductor: podrán desplazarse tantas personas como plazas tenga el vehículo, aunque siempre se ocupará en último lugar las plazas de la fila del conductor. Se mantiene el uso obligatorio de máscaras por todos los ocupantes, tal y como rige en el transporte público en general.