En uno de sus capítulos se apunta, sobre una posible entrada en conflicto entre los servicios comerciales y las concesiones, que la propuesta de liberalización de la Comisión Europea permite a los Estados miembros la posibilidad de denegar una autorización de servicio comercial de menos de 100 km si compromete la estabilidad económica de un contrato de servicio público existente. De esta forma se pretende proteger la viabilidad económica de los servicios sujetos a OSP.
Pero claro, el conflicto entre un nuevo servicio comercial y una OSP existente debe ser analizado por la autoridad competente conforme a un test de equilibrio económico, análogo al vigente en el sector ferroviario, que verifique la existencia de una incidencia financiera sustancial sobre el equilibrio económico del contrato. En este caso, la autoridad podrá proponer la modificación de las paradas o el recorrido del servicio comercial o, en última instancia, denegar la solicitud.
Siguiendo esta línea, la CNMC afirma que para evitar restringir en exceso el desarrollo de los nuevos servicios tras la liberalización, las autoridades deberían reevaluar la necesidad de prestar los servicios a través de concesiones y declarar las obligaciones de servicio público pertinentes, justificando la ausencia de interés económico, de conformidad con el Reglamento 1370/2007. De esta forma, se reforzaría la seguridad jurídica de los operadores del mercado liberalizado y se garantizaría una adecuada gestión de los conflictos. En particular, podría ser recomendable reevaluar la oferta actual de concesiones, ya que podría no resultar proporcionada la imposición de obligaciones de servicio público sobre las líneas de larga distancia para cubrir desplazamientos que, por su naturaleza, responden a necesidades de desplazamiento de tipo local y regional.
Operadores de menor tamaño
Para una liberalización efectiva del autobús interurbano, la CNMC considera imprescindible crear las condiciones adecuadas para que los operadores puedan competir en igualdad de condiciones, por lo que basándose en las experiencias europeas de liberalización, un elemento clave para asegurar la competencia en el mercado a pesar de la consolidación es la existencia de una base de operadores de menor tamaño que presenten una amenaza creíble de competencia para los grandes operadores.
En el caso del mercado español, se afirma que cuenta con la ventaja de la existencia de un gran número de operadores de pequeño y mediano tamaño, tanto en el mercado concesional como en los mercados conexos, que constituyen una importante base de competidores para los grandes operadores, sobre todo a nivel regional. El mantenimiento de las concesiones en los servicios de menos de 100 km facilitaría el mantenimiento de la base de operadores. Además, la eliminación de las limitaciones actuales que se aplican a los operadores de mercados conexos podría ayudar a desarrollar la actividad y capacidad competitiva de estas empresas.
Sin embargo, la Comisión de la Competencia también afirma que es habitual en los mercados liberalizados que los operadores de plataforma actúen como intermediadores entre los pequeños operadores y la demanda, lo que a su vez les proporciona importantes ventajas informativas, que incrementan su poder negociador y debilitan la posición de los operadores alternativos. La accesibilidad a los datos de operación de los servicios se convierte (de esta forma) en una importante variable de competitividad, que puede condicionar el éxito de la liberalización. Por ello, en una eventual liberalización, será necesario supervisar las relaciones comerciales entre los grandes operadores y los de menor tamaño, asegurando que se producen en condiciones que garanticen la competencia en el mercado.

