La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad alerta de que solo el 14% de las grandes compañías paga sus facturas en plazo
La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad (PMcM) ha denunciado el fuerte desequilibrio existente en los plazos de pago entre empresas en España. Según la organización, las grandes compañías son tres veces peor pagadoras que las microempresas, una situación que refleja las tensiones estructurales en las relaciones comerciales dentro del tejido empresarial.
De acuerdo con el Informe Anual 2025 del Observatorio de Pagos de la Unión Europea, únicamente el 14% de las grandes empresas liquida sus facturas en la fecha de vencimiento, frente al 51% de las microempresas. Este informe sitúa a España entre los países europeos con mayor diferencia en el comportamiento de pago según el tamaño de la empresa.
El presidente de la PMcM, Antoni Cañete, advierte de que el retraso en los pagos se ha convertido en una práctica habitual. “Pagar tarde se ha institucionalizado; para algunas empresas es una forma encubierta de financiarse a costa de sus proveedores”, señaló, recordando también las palabras del gobernador del Banco de España, José Luis Escrivá, durante una reciente intervención sobre la morosidad empresarial.
Un problema que afecta a la supervivencia de las pymes
En un país donde el 99,8% del tejido empresarial está formado por pequeñas y medianas empresas, la morosidad representa un riesgo importante para su estabilidad financiera.
Según la PMcM, los retrasos en los pagos afectan directamente a la liquidez de pymes y microempresas, limitan su capacidad de inversión y aumentan su vulnerabilidad ante posibles crisis económicas.
Además, este problema genera un efecto dominó en la economía. El Observatorio Europeo de Pagos indica que el 31% de las empresas europeas reconoce haber retrasado sus propios pagos porque a ellas mismas les pagan tarde, lo que evidencia hasta qué punto la cultura del pago tardío se ha extendido en la cadena empresarial.
El debate europeo sobre la morosidad
La plataforma considera que el marco legal actual no ha logrado frenar esta práctica. La Directiva 2011/7/UE, que establece los plazos máximos de pago en la Unión Europea, carece de mecanismos eficaces de supervisión y sanción, lo que ha limitado su efectividad.
Para corregir esta situación, la Comisión Europea propuso el Reglamento COM(2023) 533, que sustituiría a la actual directiva y tendría aplicación directa en todos los Estados miembros.
Entre las medidas planteadas inicialmente figuraba establecer un plazo máximo de pago de 30 días naturales, crear autoridades nacionales de supervisión y aplicar sanciones automáticas en caso de incumplimiento. No obstante, durante su tramitación en el Parlamento Europeo se introdujeron excepciones para determinados sectores con características específicas, como productos estacionales o de baja rotación.
Actualmente, el texto se encuentra en debate en el Consejo Europeo, donde las diferencias económicas y culturales entre países están dificultando el consenso.
Limitar los plazos de pago
El debate europeo gira ahora en torno a si deben restringirse aún más los plazos de pago. El marco comunitario establece actualmente un máximo de 60 días en operaciones entre empresas y 30 días para el sector público, aunque en la práctica los plazos suelen ser más largos.
Según el Observatorio Europeo, el plazo medio real alcanza los 60,3 días en operaciones entre empresas y 69,8 días en las transacciones entre administraciones públicas y compañías.
Aun así, la mayoría del tejido empresarial europeo respalda la introducción de límites más estrictos. El 63% de las empresas apoya algún tipo de restricción en los plazos de pago, mientras que el 31% se muestra partidario de fijar un límite obligatorio de 30 días.
Para la PMcM, el futuro reglamento europeo representa una oportunidad clave para corregir un problema estructural que afecta especialmente a las empresas más pequeñas.
“La pregunta clave es si Europa va a proteger de verdad a las pequeñas empresas o si se dejará arrastrar una vez más por las excepciones y los intereses particulares”, concluye Antoni Cañete.





