El nuevo decreto mantiene el apoyo al sector con ayudas directas al combustible, rebajas fiscales y medidas para garantizar la estabilidad de las empresas de transporte
Rebaja temporal del Impuesto sobre Hidrocarburos y ayudas al combustible
El Consejo de Ministros ha aprobado el Real Decreto-Ley 18/2026, por el que se adoptan nuevas medidas dentro del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, prorrogando las ayudas al transporte de mercancías por carretera. La decisión responde a la petición formulada por la Confederación Española de Transporte de Mercancías (CETM), que reclamaba que el sector no quedara excluido de las medidas de apoyo aprobadas por el Ejecutivo.
El Gobierno explica que el nuevo paquete normativo ha sido diseñado para responder con rapidez ante un posible deterioro del contexto internacional, permitiendo que las ayudas se adapten automáticamente si se producen incrementos significativos en los precios de los productos energéticos.
el Ejecutivo busca proteger la competitividad del transporte de mercancías por carretera, amortiguar el impacto del incremento de los costes energéticos y garantizar la continuidad de un sector considerado estratégico para la economía española
Entre las principales novedades figura la reducción temporal del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos aplicado al gasóleo y al biodiésel durante el verano de 2026. En julio, el tipo impositivo baja de 330 a 229 euros por cada 1.000 litros, lo que equivale a una reducción de diez céntimos por litro.
En agosto el impuesto se situará inicialmente en 279 euros por cada 1.000 litros, aunque podrá reducirse hasta 179 euros si la evolución del precio del gasóleo así lo justifica. En septiembre volverá a fijarse en 329 euros por cada 1.000 litros, con posibilidad igualmente de rebajarse en función de la evolución del índice de precios.
Durante el periodo comprendido entre el 1 de julio y el 30 de septiembre, la devolución correspondiente al gasóleo profesional quedará fijada en cero euros, siendo sustituida por un nuevo sistema de ayudas directas.
El Real Decreto establece una ayuda extraordinaria al combustible para los vehículos acogidos al gasóleo profesional, que ascenderá a 0,10 euros por litro consumido en julio, 0,15 euros en agosto y 0,20 euros en septiembre, aunque estas cuantías podrán ajustarse si disminuye el tipo impositivo del gasóleo.
Además, el sistema seguirá funcionando de manera automática: el uso de la tarjeta de gasóleo profesional equivaldrá a la solicitud de la ayuda, sin necesidad de realizar trámites adicionales.
Apoyo también para vehículos excluidos del gasóleo profesional
La norma incorpora igualmente ayudas específicas para aquellos vehículos que no pueden beneficiarse del régimen de devolución del gasóleo profesional. Podrán acceder a ellas autónomos y empresas titulares de autorizaciones de transporte como VDE, VT, VTC, VSE, MDLE y MDPE, siempre que estén inscritos en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
Las ayudas se concederán mediante solicitud electrónica ante la Agencia Tributaria competente, entre el 1 de septiembre y el 30 de octubre de 2026, y el pago se realizará mediante transferencia bancaria a partir del 30 de octubre.
El Real Decreto modifica también el sistema de revisión automática del precio del transporte en función de la evolución del coste del combustible. A partir de ahora, para calcular dichas revisiones no podrán tenerse en cuenta las bonificaciones extraordinarias ni las ayudas temporales aprobadas por el Gobierno.
Asimismo, la norma mantiene la aplicación automática de la revisión cuando la variación del precio medio semanal del gasóleo sea igual o superior al 5%, salvo que ambas partes hayan pactado expresamente un umbral inferior. También se mantiene la obligación de reducir el precio del transporte cuando el coste del combustible disminuya.
Protección del empleo y apuesta por la movilidad sostenible
El nuevo paquete de medidas incorpora además condiciones laborales para las empresas beneficiarias de las ayudas. Hasta el 30 de septiembre de 2026 no podrán realizar despidos por causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o de fuerza mayor relacionadas con la situación que motiva estas ayudas. El incumplimiento supondrá la devolución íntegra de las subvenciones y la declaración de nulidad de los despidos.
Por último, el decreto establece que las empresas obligadas a disponer de un Plan de Movilidad Sostenible deberán cumplir esta exigencia para mantener las ayudas públicas, ya que su incumplimiento conllevará igualmente el reintegro de las cantidades percibidas.
Con esta batería de medidas, el Ejecutivo busca proteger la competitividad del transporte de mercancías por carretera, amortiguar el impacto del incremento de los costes energéticos y garantizar la continuidad de un sector considerado estratégico para la economía española.