Sin embargo, siempre están encima de la mesa una serie de peticiones (que emanan del propio Sector, en muchas ocasiones), para que la Administración correspondiente tome cartas en este o aquel asunto concreto.
Solo en los últimos meses hemos vivido una avalancha de normas relacionadas con el Transporte de inmenso calado. Algunas, impensables poco tiempo atrás. Y eso está muy bien. Pero, en ocasiones, sería suficiente con cumplir lo que ya está legislado.
Es lo que sucede con la morosidad en el pago. Como indicaba Fenadismer hace apenas unos días, un año después de la entrada en vigor de la Ley que pretendía reducir este retraso generalizado en los pagos, los avances conseguidos son, a todas luces, insuficientes.
Mejorando, pero
De 81 días de plazo medio de cobro se ha pasado a 69, lo que claramente es una mejoría. Pero no debemos olvidar que, antes de que esta ley y su correspondiente régimen sancionador pusieran el foco en limitar las demoras en el pago, el plazo máximo era de ¡60 días! Lo que se traduce en que, pese a que hoy estamos mejor que a finales de 2021, son muchas las empresas (y Administraciones, ojo) que incumplen la normativa vigente.
Se puede seguir avanzando en este y otros aspectos, y promulgando leyes que mejores las condiciones laborales en el Sector. Pero después, alguien debe cerciorarse de que se cumplen. En caso contrario

