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Home NEXOBUS PREMIUM

Menos emisiones, por medio ambiente y por salud

13/01/2023
En NEXOBUS PREMIUM
Menos emisiones, por medio ambiente y por salud
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El número 6 hace referencia a “garantizar un aire limpio hacia un impacto cero para el medio ambiente y la salud”

“La contaminación atmosférica es el primer riesgo medioambiental para la salud en Europa, responsable de unas 300.000 muertes prematuras al año. En septiembre de 2021, la Organización Mundial de la Salud publicó sus Directrices actualizadas sobre la calidad del aire (la versión anterior era de 2005), en las que se establecen orientaciones claras sobre las normas de calidad del aire que deben garantizarse para proteger la salud de las personas, y el medio ambiente, de la contaminación atmosférica.

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En 2021, la Comisión Europea ha publicado su Plan de Acción para la Contaminación Cero (ZPAP) para alcanzar el objetivo de contaminación cero, anunciando varias iniciativas clave para reducir la contaminación atmosférica en la fuente y la revisión de las Directivas de Calidad del Aire Ambiente (AAQDs). Las actuales DCAA establecen normas mínimas de calidad del aire de la UE que todos los Estados miembros deben cumplir y mantener. Las normas actuales de la UE son mucho más laxas que las recomendadas por la OMS en sus recientes Directrices 2021 e incluso en comparación con el documento de la OMS de 2005. Aun así, muchos Estados miembros no las cumplen, y la salud de los ciudadanos de la UE y nuestro medio ambiente distan mucho de estar protegidos.

Tras la publicación de la propuesta de la Comisión Europea de una Directiva revisada sobre la calidad del aire ambiente el 26 de octubre de 2022, el Consejo, guiado por la Presidencia sueca, desempeñará un papel fundamental para garantizar que la revisión cumpla tanto en términos de ambición (la necesidad de alcanzar las Directrices de la OMS sobre la calidad del aire y de definir normas de calidad del aire y requisitos de seguimiento para contaminantes adicionales) como de marco propicio (evitando flexibilidades, lagunas y estableciendo disposiciones claras sobre sanciones e indemnizaciones cuando se infrinja la ley).

La urgencia de reducir la contaminación atmosférica también debe reflejarse necesariamente en todos los procesos de toma de decisiones pertinentes que estén relacionados con la contaminación atmosférica y tengan repercusiones sobre ella (por ejemplo, la Directiva sobre energías renovables y la quema de biomasa, la Directiva sobre emisiones industriales y la contaminación atmosférica procedente de la agricultura, la Directiva sobre diseño ecológico y sus normas para los aparatos de calefacción domésticos) y respecto de los cuales se pida (o se pida pronto) al Consejo que adopte una posición.

También deben tomarse decisiones importantes a escala internacional, en el marco del Convenio de la CEPE de las Naciones Unidas sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia, concretamente la necesaria revisión del Protocolo de Gotemburgo.

Propuestas para la Presidencia sueca

  1. Promover el compromiso de los Estados miembros con una revisión ambiciosa de las Directivas sobre calidad del aire ambiente:

– Promoviendo la plena alineación de las normas de calidad del aire de la UE con las Directrices de la OMS y su cumplimiento para 2030;

– Apoyando la definición de normas de calidad del aire y requisitos de control adicionales para los contaminantes que no están cubiertos por las Directrices de la OMS, incluidos el carbono negro, las partículas ultrafinas y el amoníaco (para los que ya existen pruebas en el contexto europeo);

– Garantizar la definición de un marco sólido y coherente dentro de la nueva AAQD: los valores límite deben ser la herramienta impulsora, junto con el establecimiento de requisitos de seguimiento claros y disposiciones audaces sobre el acceso a la información, el acceso a la justicia, las sanciones y las compensaciones;

– Reconocer el papel destacado que debe tener la ciencia frente a las fake-news y los intereses políticos a corto plazo;

– Escuchar el llamamiento de la sociedad civil en favor de una actuación firme, global y creíble para reducir la contaminación atmosférica;

  1. Liderar la definición de una legislación y unas políticas de la UE que sean plenamente coherentes con la necesidad de reducir la contaminación atmosférica, evitando un enfoque de compartimentos estancos y haciendo de la reducción de la contaminación atmosférica en la fuente un motor clave del cambio:

– Apoyando la inclusión de requisitos legales en la Directiva sobre emisiones industriales, actualmente en revisión, para reducir las emisiones de metano y amoníaco procedentes de la agricultura, incluido el ganado;

– Aumentar la cooperación entre los ministerios nacionales para impulsar un amplio apoyo a los objetivos de calidad del aire;

– Hacer referencia a la ambición de contaminación cero y a los objetivos de calidad del aire existentes en los procesos de toma de decisiones en curso y en las políticas relacionadas con la energía, los edificios, el transporte, los productos y los alimentos que deben reducir la contaminación atmosférica en su origen (por ejemplo, REpowerEU, Directiva sobre energías renovables, Directiva sobre diseño ecológico, Euro 7, IED).

  1. Apoyar la necesaria revisión del Protocolo de Gotemburgo del Convenio sobre la contaminación atmosférica transfronteriza a gran distancia de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas (CEPE), situando a la Unión Europea en consecuencia en el marco de la cuadragésima segunda sesión del Órgano Ejecutivo, que se celebrará en Ginebra del 12 al 16 de diciembre de 2022, y después de la misma; en ese marco, apoyar la ampliación del ámbito de aplicación del Protocolo para incluir las emisiones de mercurio, metano y carbono negro.
  2. Predicar con el ejemplo revisando oportunamente el Programa Nacional de Control de la Contaminación Atmosférica de Suecia para cumplir, como mínimo, los Objetivos Nacionales de Reducción de Emisiones establecidos por la Directiva sobre Techos Nacionales de Emisión, asegurándose de que se garantice la participación pública efectiva, y de que el Programa revisado esté finalizado para el 1 de abril de 2023”.
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