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Home NEXOBUS PREMIUM

‘Simplificar los procesos de protección al usuario’

17/12/2023
En NEXOBUS PREMIUM
‘Simplificar los procesos de protección al usuario’
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Otra cuestión sobre la que actuamos hoy es la reserva de billetes a través de intermediarios. A veces el pasajero no sabe dónde pedir el reembolso: si al intermediario o al transportista. A veces, incluso se cobra al pasajero por el reembolso. Otras veces, el operador de transporte exige al pasajero que pase por trámites de identificación suplementarios tras comprar un billete a un intermediario.

Definir el papel del intermediario

Según nuestras nuevas propuestas, el intermediario debe informar por adelantado al pasajero de si será él quien efectúe el reembolso. En caso afirmativo, el transportista tendrá siete días para enviar el dinero al intermediario y el intermediario otros siete días para devolver el dinero al pasajero. Y nadie podrá cobrar al pasajero por el proceso. Los operadores de transporte obtendrán los datos de los intermediarios y no podrán pedirles más trámites de identificación.

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Algunos intermediarios no tienen contrato ni derecho a vender billetes para algunos operadores de transporte y utilizan la dirección de correo electrónico del pasajero y se hacen pasar por él al reservar un viaje. En caso de reembolso, el transportista se limita a anular el pago en la cuenta del pagador inicial, que es el intermediario, y ese reembolso a veces nunca llega al pasajero. Con el nuevo reglamento, esta práctica, la de hacerse pasar por pasajero, queda prohibida.

Además de reforzar el actual marco de derechos de los pasajeros, estamos creando nuevos derechos y protecciones para los pasajeros que combinan distintos modos en un mismo viaje: tren-avión, por ejemplo.

Como norma básica, el pasajero no puede ser discriminado por motivos de nacionalidad. En la práctica, un belga y un alemán, pongamos por caso, deben pagar el mismo precio por el mismo servicio de transporte.

Muchos viajes multimodales también se compran a través de intermediarios. Algunos viajes se agrupan en un mismo contrato. En tales casos, los pasajeros podrán beneficiarse de toda la gama de protecciones en caso de interrupciones, incluido el derecho a transporte alternativo, continuación o reembolso en caso de pérdida de conexión.

Se busca evitar discriminación por motivos de nacionalidad o discapacidad

Pero algunos viajes se venden en línea como si fueran un único contrato, cuando en realidad no son más que billetes separados. Por eso exigimos a los intermediarios y transportistas que informen por adelantado al pasajero de qué tipo de servicios está comprando y qué tipo de protección está obteniendo.

Por último, las nuevas propuestas prestan especial atención a los pasajeros con discapacidad y movilidad reducida. Para ellos, vamos a crear un punto de contacto único en todos los grandes centros de transporte multimodal (es decir, en todas las ciudades de más de 100.000 habitantes, además de las ciudades regionales importantes, aunque tengan menos población) para ayudar a estos pasajeros desde la puerta donde aterrizan hasta el autobús, el tren o el transbordador. Esto simplificará enormemente la situación actual, en la que tienen que ponerse en contacto con una serie de operadores de transporte.

También establecemos la obligación de asistencia e indemnización en caso de daños a equipos de movilidad, lesiones a perros de asistencia, etc.

Otra disposición importante se refiere al viaje acompañado. Los operadores de transporte tienen potestad para exigir que una persona con discapacidad o movilidad reducida vaya acompañada por razones de seguridad. En la actualidad, cuando se trata de viajes en avión, este acompañante paga su propio billete, pero corregimos esta injusticia imponiendo la gratuidad del billete para el acompañante. Sorprendentemente, tenemos casos en los que la compañía de transporte no ofrece un asiento cercano para el acompañante, por lo que tuvimos que ponerlo como obligación en el texto legal”.

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